El proyecto de reforma de la ley 9.739 de derecho de autor aprobado en el Senado habilita la reproducción de obras breves y de partes de obras más extensas en instituciones educativas. De esta manera, los docentes pueden entregar repartidos de manera legal, mientras que los estudiantes pueden copiar y compartir apuntes y diversos materiales en cualquier formato (textos, imágenes, audio, video, etc).
En cambio, el acuerdo propuesto por AGADU, la Cámara del Libro y la FEUU pretende que las reproducciones de fragmentos de obras únicamente se puedan realizar en instituciones públicas, discriminando a los estudiantes y docentes de instituciones privadas y comunitarias. Además, restringe la excepción únicamente a “textos breves de estudio” y a “material educativo”, imponiendo un límite máximo arbitrario de 30 páginas para las reproducciones.
Nosotros queremos que se apruebe la mejor ley, y para ello es importante que no se discrimine a estudiantes y docentes de las instituciones privadas y comunitarias. A su vez, es fundamental que las reproducciones no se restrinjan únicamente a textos y a “material educativo”. En los procesos educativos es preciso acceder a materiales que no fueron creados originalmente con fines de estudio. Por ejemplo, los estudiantes de música deben acceder a obras musicales, los estudiantes de cine deben acceder a películas, así como en otras carreras es preciso acceder a obras o fragmentos de obras literarias, científicas, filosóficas, etc. Es decir, obras que no son estrictamente «material educativo» pero se usan con fines educativos. Por último, es importante que el concepto de obra breve sea flexible, y no restringido a 30 páginas, permitiendo que se pueda evaluar, en cada contexto particular, si la reproducción está justificada por la finalidad educativa.
Por todo lo anterior, es importante que el Parlamento apruebe definitivamente el proyecto que cuenta con media sanción del Senado. Con una reforma integral de la ley de derecho de autor, todas y todos ganamos derechos.
Las y los invitamos a firmar la carta ciudadana: http://www.todosganamosderechos.org/
Una respuesta a «Reproducción de obras con fines educativos»
[…] restricciones a la circulación y el acceso a las obras culturales. Carece de excepciones para la educación, las bibliotecas, las obras huérfanas, la libertad de panorama, el derecho a la cita y a la […]